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Va de nuevo. Agregué mal unos paréntesis en el texto anterior. Por 
favor, tomen en consideración este texto. 

Se acompaña el texto de los Principios Operativos de LACRALO con 
modificaciones. 
Lo que está entre corchetes [ ], se corresponde al texto nuevo. 
No se pueden editar los colores, por lo que la única opcion es usar 
corchetes. 

PRINCIPIOS OPERATIVOS DE LACRALO (CON MODIFICACIONES) 

Nota Introductoria: 

El texto que se presenta a continuación constituye la revisión del 
documento aprobada por consenso en la Tercera Sesión del Encuentro de 
ALS de Latinoamérica y el Caribe celebrado en Sao Paulo, Brasil el 4 
de diciembre de 2006. Fue enmendado por consenso durante la Asamblea 
General del LACRALO, convocado en México D.F. el 4 de marzo, 2009. 
Este texto fue negociado en español. Se incluyen las modificaciones efectuadas

por el Grupo de Trabajo creado a tal fin, en Diciembre de 2010.

PRINCIPIOS OPERATIVOS DE LA LACRALO

1. La LACRALO está formada por las ALSs de América Latina y el Caribe, 
acreditadas por el ALAC, como mecanismo para asegurar y promover la 
participación del usuario de la región en el proceso de desarrollo de 
políticas de ICANN. 

2. La LACRALO promoverá la formación de agrupaciones de usuarios y su 
acreditación por el ALAC. Sin embargo, mantendrá mecanismos para os 
usuarios de la región no integrados en ALS puedan expresar su opinión 
sobre el desarrollo de las políticas de ICANN. 

La LACRALO elaborará reportes trimestrales a través de su 
Secretario, acerca de la participación de las ALSs. 

Aquellas ALSs que no hayan participado de tres (3) teleconferencias 
mensuales ni hayan estado activas en un proceso de discusión o de 
elaboración de políticas, en la lista de discusión de LACRALO, sobre 
temas de la agenda de At Large, en el período de seis (6) meses, serán 
consideradas ALSs inactivas, perderán su derecho a voto y serán 
eliminados en el cálculo del quórum para tomar decisiones válidas, a 
los fines de no afectar el mismo. 

Si en los siguientes seis (6) meses dichas ALSs retoman su 
participación en las teleconferencias mensuales y en la lista de 
discusión de LACRALO, recuperarán su status institucional. 

La LACRALO no eligirá a sus autoridades, y se abstendrá de nombrar 
cualquier tipo de delegado o representante a cualquiera de los foros o 
espacios de participación, regionales o globales, dentro y fuera de la 
estructura de ICANN, que sea proveniente de ALSs que hayan estado 
inactivas durante ese año o en el año anterior al nombramiento de 
dicha autoridad, representante o delegado.

3. La LacRALO será multilingüe desde su formación. Todos los 
documentos y discusiones serán mantenidos en los idiomas inglés y 
español. Está previsto incorporar los idiomas portugués y francés en 
el corto plazo, y revisar periódicamente la necesidad de incorporar 
otros idiomas utilizados en la región. 

4. El órgano de gobierno de la LacRALO será una Asamblea General que 
estará integrada por dos (2) representantes de cada ALSs acreditada, 
nombrados y removidos libremente por cada ALS, la cual comunicará a la 
Secretaria los nombramientos realizados. 

Dichas personas se desempeñarán además durante el periodo de su 
nombramiento como contactos oficiales de la ALS ante la LACRALO. 

La Asamblea General deberá, hasta donde sea posible, operar por 
consenso. Cuando no se pueda lograr el consenso, cada ALS acreditada 
en la Asamblea General tendrá derecho a un voto, y estos votos 
decidirán por mayoría simple cualquier asunto que se someta a 
votación. 

La Asamblea General elegirá un Presidente, cuya función durará dos 
(2) años, con posibilidad de ser reelegido por un sólo período 
consecutivo. Para el caso de la elección del Presidente de la 
Asamblea se tendrá en cuenta la participación, liderazgo, compromiso y 
conocimiento con la Labor de la Asamblea. En caso de empate en las 
deliberaciones, es quien tendrá el voto dirimente. 

Entre sus funciones se destacan las de: Propiciar un nexo entre los 
debates en ALAC y el aporte que se realice desde la región, 
representar a la región en las Reuniones de ALAC cara a cara, dirigir 
las deliberaciones de la Asamblea tanto vía listas de correo como 
teleconferencias y reuniones presenciales. 

5. La Asamblea General podrá formar distintos grupos de trabajo ad-hoc 
para tratar temas específicos. 

6. La LACRALO contará con el soporte de una Secretaría, dicha 
Secretaria será ejercida por una persona de una ALS designada por la 
Asamblea General. Su función durará dos (2) años, con posibilidad de 
ser reelegido, por un sólo período consecutivo.

El Presidente y el Secretario seleccionados deben ser miembros de 
diferentes ALSs, deben tener su lugar de residencia principal en 
diferentes países de la región, y sus nacionalidades deben ser 
distintas. 

7. La Secretaria tendrá funciones administrativas e informativas. Será 
responsable de mantener los sistemas de comunicación y asegurar el 
correcto flujo de la información sobre los asuntos en discusión entre 
todas las ALSs miembros de la LacRALO, y cualquier otra 
responsabilidad que le asigne la Asamblea General. 

8. La elección del Presidente y del Secretario de la Organización 
Regional At-Large Latinoamericana y del Caribe (LACRALO) se realizará 
mediante votación virtual o presencial.

9. La LACRALO elegirá a dos (2) individuos para servir como 
representantes ante el At Large Advisory Committee (ALAC), en los 
términos que han sido especificados en los estatutos de ICANN. Sólo 
aquellas ALS que hayan sido acreditadas antes de la votación, y se 
encuentren activas,  podrán votar en la elección. Cada ALS acreditada 
tendrá derecho a un voto. Los representantes seleccionados deben ser 
miembros de diferentes ALS, deben tener su lugar de residencia 
principal en diferentes países de la región, y sus nacionalidades 
deben ser distintas. Los representantes tendrán a su cargo las 
responsabilidades estipuladas en los estatutos del ICANN. 

10. La duración del mandato de los dos representantes electos por el 
LACRALO ante el ALAC será como máximo de dos (2) años y éstos no 
podrán ser reelectos. 

Disposición Transitoria Primera. El mandato de los miembros iniciales 
durará dos (2) y tres (3) años respectivamente, y a partir de su 
vencimiento se elegirá a un nuevo representante. De este modo se 
votará todos los años por un candidato. En el caso del primer 
representante electo por dos años, podrá por única vez ser reelecto. 

Disposición Transitoria Segunda. Las modificaciones establecidas en 
la presente reforma, se considerarán aplicables para los mandatos 
vigentes de Presidente y Secretario de LACRALO, que se encuentran en 
ejercicio.

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