Memorando de entendimiento firmado en Buenos Aires, el      de           de 2015

 

ENTRE

El Registro de Direcciones de Internet para América Latina y Caribe, es una organización no gubernamental internacional establecida en Uruguay en el año 2002. Es responsable de la asignación y administración de los recursos de numeración de Internet (IPv4, IPv6), Números Autónomos y Resolución Inversa, entre otros recursos para la región de América Latina y el Caribe. En adelante denominada “LACNIC”

Y

La Organización At-large para la Región América Latina y el Caribe, en lo sucesivo LACRALO, que comprende a las comunidades de usuarios de individuales de Internet en la  región, que se han comprometido a participar  a través de la comunidad At Large en el trabajo de desarrollo de políticas de ICANN, en adelante denominado "LACRALO”

CONSIDERANDO:

 

Que LACRALO tiene entre sus funciones y objetivos:

I.                   Informar a los usuarios individuales de Internet en la región de América Latina y el Caribe acerca de noticias, reuniones, actividades de desarrollo de políticas y las oportunidades para participación en ICANN;

II.                a promover actividades para mejorar el alcance de información a la comunidad de usuarios individuales de Internet en la región de América Latina y el Caribe con el fin de avanzar en el entendimiento y participación en aquellos temas de la agenda de ICANN y que tienen impacto para los usuarios individuales de Internet;

III.             Ofrecer mecanismos basados en Internet que permitan la discusión entre los miembros de las ALS de la región con aquellos actores involucrados en el proceso de toma de decisiones de ICANN, así como incentivar a los individuos interesados a compartir sus puntos de vista sobre los asuntos pendientes que trata ICANN;

Que LACNIC tiene entre sus funciones y objetivos:

 

I.                   Administrar el espacio de direcciones IP y otros recursos asociados en beneficio de la comunidad Internet para la región de América Latina y el Caribe (LAC).

II.                Proveer servicios de registro de direcciones IP, ASN, resolución inversa y sus recursos asociados, con el propósito de permitir y facilitar las comunicaciones a través de redes informáticas.

III.             Representar y promover los puntos de vista e intereses de la región ante aquellos organismos internacionales, en el área de su competencia.

IV.             Colaborar en el crecimiento de Internet en la región.

V.                Asistir a la comunidad latinoamericana y caribeña en el desarrollo de procedimientos, mecanismos y estándares para la asignación eficiente de recursos de Internet.

VI.             Promover oportunidades educacionales a sus miembros en áreas técnicas y políticas de su competencia.

VII.          Proponer y desarrollar las políticas públicas en el área de su competencia.

Por lo tanto LACNIC y LACRALO acuerdan:

 

1. LACRALO se   compromete a la construcción de una participación significativa de sus miembros a través del compromiso directo con LACNIC;

2.   LACNIC se compromete a facilitar el intercambio de información y organizar la educación en colaboración con LACRALO de acuerdo con su visión;

3. Intercambio de información - Las Partes acuerdan intercambiar información para permitir la investigación y el desarrollo a los efectos de facilitar el desarrollo de la Región.

3. Investigación – Cuando fuere necesario, las Partes podrán acordar encarar la investigación conjunta en áreas prioritarias de interés mutuo. 

4. Asistencia a Reuniones - Las Partes están invitadas a asistir a las respectivas Reuniones Abiertas a su propio costo, excepto cuando estén disponibles becas y puedan ser ofrecidas por cualquiera de las Partes para facilitar la asistencia.

 

5. Capacitación - Las Partes se esforzarán cada año para identificar las áreas de formación y para compartir los costos y los recursos que van a facilitar conjuntamente o permitan a sus miembros para beneficiarse mutuamente.

 

6. Sensibilización y Difusión - Las Partes acuerdan alentar y facilitar la sensibilización y divulgación entre sus miembros para facilitar el crecimiento de la otra parte y el alcance a nuevos países y territorios que son desatendidos.

 

7. Capacitación y Desarrollo - Las Partes colaborarán para facilitar actividades conjuntas de creación de capacidades en el ámbito de la participación en políticas de dominios de nivel superior y otros temas de interés conjunto.

 

8. Nombramiento de Comité Técnico –  Las partes formarán un comité técnico con dos representantes cada una. En el caso de LACRALO los representantes serán electos anualmente por la comunidad, de acuerdo con la convocatoria y ajuste a las normas que la comunidad adopte para los fines de este convenio. El comité Técnico tendrá como funciones:

a. Establecer anualmente, o por necesidad temporal, las acciones específicas que se realicen conjuntamente, indicando en ellas: Objetivo, Participantes, Recursos y  Mecanismos de informes, Transparencia y Rendición de Cuentas.

b. Revisar los informes de actividades y emitir una opinión razonada sonre ellos, que permita decidir sobre acciones futuras.

c. Las que surjan de este convenio de acuerdo entre partes, y no estén amparadas por normatividad superior

9. En caso de que las actividades conjuntas den lugar a la producción de propiedad intelectual nueva, las partes acordarán los términos de su gestión.

 

Este memorando de entendimiento ha sido debidamente sellado y ejecutado a partir de la fecha arriba indicada.

 

Nuevo documento Propuesto:

 

Memorando de Entendimiento firmado en.............

 

ENTRE

El Registro de Direcciones de Internet para América Latina y el Caribe, una organización no gubernamental internacional establecida en Uruguay en 2002, responsable de la asignación y gestión de los recursos numéricos de Internet (IPv4, IPv6), números autónomos y resolución inversa, entre otros recursos para la región de América Latina y el Caribe, en lo sucesivo denominado "LACNIC",

Y

La Organización Regional At-Large de América Latina e Islas del Caribe, compuesta por las comunidades regionales de los usuarios individuales de Internet, comprometida a participar a través de la comunidad At-Large en el trabajo de desarrollo de políticas de la ICANN, en lo sucesivo denominada "LACRALO".

CONSIDERANDO QUE:

 I.            LACRALO y LACNIC reconocen los beneficios del apoyo mutuo entre las Partes en el área de desarrollo de políticas de los recursos numéricos de Internet.

 II.          LACRALO y LACNIC anticipan que cada Parte se beneficiará a partir de las habilidades, el conocimiento y la experiencia complementarias de la otra Parte, en sus roles respectivos.

  III.         Nada en este Acuerdo se interpretará como legalmente vinculante y exigible en cualquier tribunal de justicia;

   IV.        LACRALO y LACNIC, a las cuales en el presente acuerdo se hace referencia como las "Partes", acuerdan lo siguiente:

 

1.   Promover el desarrollo de infraestructura y de negocios en la región y la industria.   Las Partes acuerdan cooperar para promover estándares de Internet, desarrollo de infraestructura y servicios con el fin de fomentar el desarrollo de Internet en la región de América Latina y el Caribe.

2.  Cooperar y mantener un canal de comunicación abierto para el desarrollo y beneficio mutuos de ambas organizaciones.

3.  Potencialmente facilitar eventos conjuntos de desarrollo de capacidades y, ocasionalmente, actividades relacionadas de interés mutuo, entre ellas: reuniones, formación, proyectos, talleres, así como la investigación y el desarrollo en materia de políticas de los recursos numéricos de Internet y operaciones de registro.

 4.  Trabajar para crear la participación regional a través de posibles programas de difusión conjunta y de becas sobre asuntos relacionados con el desarrollo de políticas de los recursos numéricos de Internet.

 

 

Este Memorando de Entendimiento ha sido debidamente sellado y formalizado a partir de la fecha arriba indicada.

 

REGIÓN DE AMÉRICA LATINA Y EL CARIBE  (LACRALO)

 

Por:  

 

Título: Presidente de LACRALO_______________________________________

 

Firma: ___________________________________

Registro de Direcciones de Internet para América Latina y el Caribe (LACNIC)

 

 

Por: __________________________________________________

 

Título: DIRECTOR EJECUTIVO DE LACNIC________________________________________

 

Proposal MOU-LACNIC / Propuesta MOU - LACNIC

                 

 

 

 

Memorandum of Understanding signed in Buenos Aireson        ,2015

 

BETWEEN

The Latin American and Caribbean Internet Addresses Registry, an international nongovernmental organization established in Uruguay in 2002 responsible for the allocation and management of Internet number resources (IPv4, IPv6), autonomous numbers and inverse resolution, among other resources for the Latin American and Caribbean region, hereinafter referred to as "LACNIC",

AND

The Latin American and Caribbean Islands Regional At-Large Organization, comprising the regional communities of Internet individual users committed to participate through the At-Large community in ICANN policy development work, hereinafter referred to as "LACRALO".

WHEREAS:

 

LACRALO's functions and objectives include:

I.                   To inform individual Internet users of the Latin America and the Caribbean region about news, meetings, policy development activities, and opportunities to participate in ICANN.

II.                To promote activities intended to improve outreach to the community of individual users in the Latin America and the Caribbean region in order to advance understanding and participation in those ICANN agenda items that have an impact on individual Internet users.

III.             To offer Internet-based mechanisms to enable discussions between members of the regional ALSes and the stakeholders involved in ICANN decision-making process, as well as to encourage stakeholders to share their views about ICANN pending issues.

LACNIC's functions and objectives include:

 

I.                   To manage the IP address space and other related resources for the benefit of the Internet community in the Latin America and the Caribbean (LAC) region.

II.                To provide IP address registration, ASN, and inverse resolution services and their related resources, in order to enable and facilitate communication through computer networks.

III.             To represent and promote the views and interests of the region before international agencies, within its area of competence.

IV.             To collaborate in the regional growth of Internet.

V.                To assist the Latin America and Caribbean community in the development of procedures, mechanisms and standards for the efficient allocation of Internet resources.

VI.             To promote educational opportunities for its members in technical areas and policies within its area of competence.

VII.          To propose and develop public policies within its area of competence.

Therefore, LACNIC and LACRALO agree to the following:

 

1. LACRALO commits to build meaningful participation of its members through direct engagement with LACNIC.

2.  LACNIC commits to facilitate the sharing of information and organize education in collaboration with LACRALO in accordance with its vision.

3. Sharing of Information - The Parties agree to share information to enable research and development for the purposes of facilitating development in the region.

3. Research - From time to time, the Parties may agree to commission joint research in priority areas of mutual interest.

4. Meeting Attendance - The Parties are welcome to attend each other’s Open Meetings at their own cost except where fellowships may have been offered by either Party to facilitate attendance.

 

5. Training - The Parties shall endeavor to each year identify areas of training and to share costs and resources that they will jointly facilitate or enable their members to mutually benefit.

 

6. Awareness and Outreach - The Parties agree to encourage and facilitate awareness and outreach amongst its members to facilitate growth of the other party and outreach into new countries and territories that are underserved.

 

7. Capacity Building - The Parties shall collaborate to facilitate joint capacity building events in the area of policy engagement where top level domains and other topics of mutual interest are concerned.

 

8. Appointment of a Technical Committee – The Parties shall create a technical committee with two representatives each. In the case of LACRALO, the representatives shall be elected annually by the community, according to the call and following the rules adopted by the community for the purpose of this agreement. The Technical Committee shall have the following functions:

a. To establish annually, or as needed, the specific actions to be carried out jointly, indicating in each case: Objective, Participants, Reporting Resources and Mechanisms, Transparency, and Accountability.

b. To review the activity reports and issue a reasoned opinion about them for future decision-making.

c. Those functions arising out of the present agreement that are not covered in higher regulations.

9. In case joint activities produce new intellectual property, the Parties shall agree on the terms of their management.

 

This Memorandum of Understanding has been duly sealed and executed as of the date above.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

New document  proposed:

 

 

Memorandum of Understanding signed in ………….

 

BETWEEN

The Latin American and Caribbean Internet Addresses Registry, an international nongovernmental organization established in Uruguay in 2002 responsible for the allocation and management of Internet number resources (IPv4, IPv6), autonomous numbers and inverse resolution, among other resources for the Latin American and Caribbean region, hereinafter referred to as "LACNIC",

AND

The Latin American and Caribbean Islands Regional At-Large Organization, comprising the regional communities of Internet individual users committed to participate through the At-Large community in ICANN policy development work, hereinafter referred to as "LACRALO".

WHEREAS:

 I.            LACRALO and LACNIC recognise the benefits of mutual support between the Parties in the area of Internet number resource policy development.

 II.            LACRALO and LACNIC anticipate that each Party will benefit from the complementary skills, knowledge and experience of the other Party in their respective roles.

  III.            Nothing in this Agreement shall be construed to be legally binding and enforceable in any court of law;

   IV.            The LACRALO  and LACNIC, referred to in this agreement as the “Parties”, agree to the following:

 

1.   To   promote   infrastructure    development     and  business   in the       region       and  industry.   The  Parties agree    to cooperate to promote       internet     standards,        infrastructure    development and      services in       order        to    encourage        internet development in     the   Latin America and Caribbean    region.

2.  To cooperate and maintain an open communication channel for the mutual development and benefit of both organisations.

 

3.  To potentially facilitate joint capacity building events and related activities of mutual interest from time to time including meetings, training, projects, workshops and research and development related to Internet number resource policy and registry operations.

 

4.  To work to create regional participation through potential joint outreach and fellowship programmes on matters relating to Internet number resource policy development.

 

 

This MOU has been duly sealed and executed as of the date above.

 

LATIN AMERICAN AN CARIBBEAN REGION  (LACRALO)

 

By:  

 

Title: LACRALO Chair_______________________________________

 

Signature: ___________________________________

Latin American and Caribbean Internet Addresses Registry (LACNIC)

 

 

By:  __________________________________________________

 

Title: LACNIC CEO__________________________________________

 

https://community.icann.org/pages/viewpage.action?pageId=58724096

 

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10 Comments

  1. Estimados,

    Antes que nada, que bueno que se retome este tema. Ya hubo un proyecto que estuvo a punto de ser firmado y no pudo ser. De ella se dio una discusión interesante que quizás se vuelva a dar ahora de solo leer el borrador.

    La versión en Español tiene entre otras cosas problemas de redacción y repetición de palabras. En general creo que no se puede identificar cual es el objetivo de la firma del MoU.

    Del texto:

    En el punto 1: "1. LACRALO se   compromete a la construcción de una participación significativa de sus miembros a través del compromiso directo con LACNIC"; no queda claro a que nos comprometemos.

    El punto 2 y los dos puntos 3, pueden estar redactados en un mismo punto. No hay diferencias entre ellos. no comprendo el porque de la división.

    El punto 4 es una generalización. (4. Asistencia a Reuniones) No veo el motivo de aclarar algo que ya es en la práctica así. Cual sería el compromiso?

    Respecto del punto 7 "7. Capacitación y Desarrollo - Las Partes colaborarán para facilitar actividades conjuntas de creación de capacidades en el ámbito de la participación en políticas de dominios de nivel superior y otros temas de interés conjunto."

    No se porque se nombra los dominios de nivel superior?. Creo que debería nombrarse las direcciones numéricas IP y otros temas, dijo, es LACNIC... 

    Respecto del comité del art 8, solo me gustaría saber porque es "técnico", hay requisitos?, cuales son?

    Del punto 9 yo diría que la propiedad debería ser compartida si es la realización en conjunto.


  2. I agree with all these points, Jose Arce.

    Additionally, in the English version,

    1) I was confused by the reference in 8.c. to "higher regulations". What are "higher regulations"? My lawyer friends were also baffled.

    2) Item 6. is confusing in the way it is written, as well as being ungrammatical. I assume the point deals with mutual assistance in Outreach. Might I suggest instead of 

    "The Parties agree to encourage and facilitate awareness and outreach amongst its members to facilitate growth of the other party and outreach into new countries and territories that are underserved."

    that the section read something like this:

    "The Parties agree to work together to facilitate outreach in new and underserved communities, with an aim of attracting new members to each organisation."

    3) Item 3 is repetitive, yet still extremely vague. 

     "The Parties agree to share information to enable research and development for the purposes of facilitating development in the region."

    Is that the only time and only purpose for which information will be shared? I presume information will also need to be shared with regard to outreach and growth, as well as training needs etc. 

    4) Item 5 is confusing and grammatically incorrect. 

    The Parties shall endeavor to each year identify areas of training and to share costs and resources that they will jointly facilitate or enable their members to mutually benefit.

    I cannot suggest alternate wording because I don't understand what the objective is in its entirety. From what I read in both English and Spanish, it seems as if every year each organistion will develop a list of areas of training that it wishes to undertake, and then compare these and see if there's any overlap, and if there is, then try to work together to share costs and resources and members of both organisations will be able to benefit from this training. If that is so, please advise, and then I can discuss further.

     

    Sorry, but I have to get ready for work now, will post more later.

    Jacqueline


  3. Como dijo Arce , para mi  el item 1 carece de mejor definición. que esto significa? a que nos comprometemos?? participación significativa adonde?  mejor dejar mas claro.

     comparto con Arce también las dudas en relaciones a los demás puntos. Estoy también de acuerdo con las propuestas de Jaqueline - tornan muy mas objetiva el MOU como un todo. 

     Aunque no sea nativa en ninguna de las dos lenguas, en las dos hay duplicidades, generalidades y compromisos que necesitan ser aclarados.

     

     

  4. Para que se pueda realizar una comparación, copio el MOU entre ARIN Y NARALO:

     

     
      

     

     

    This MEMORANDUM OF UNDERSTANDING is signed on ________________

     

     

    BETWEEN

     

     

    NORTH AMERICAN REGIONAL AT LARGE ORGANISATION a membership based organisation of At Large Accredited Structures comprising of individual internet user communities in the North American region and US Protectorate territories who are committed to participating in ICANN through the At Large community hereinafter referred to as “NARALO”.

     

     

    And the American Registry for Internet Numbers, Ltd., ARIN, a nonprofit, membership-based organization that supports the operation of the Internet through the management of Internet number resources throughout its service region. ARIN is one of five Regional Internet Registries. Representatives from the ARIN region sit on the Address Supporting Organization of ICANN.

     

    WHEREAS:

     

    1.                     I.            NARALO and ARIN recognise the benefits of mutual support between the Parties in the area of Internet number resource policy development.
    2.                   II.            NARALO and ARIN anticipate that each Party will benefit from the complementary skills, knowledge and experience of the other Party in their respective roles.
    3.                 III.            Nothing in this Agreement shall be construed to be legally binding and enforceable in any court of law;
    4.                 IV.            The NARALO and ARIN, referred to in this agreement as the “Parties”, agree to the following:

     

    1.0   

    2.0  To maintain an open communication channel for the mutual development and benefit of both organisations.

     

    3.0  To potentially facilitate joint capacity building events and related activities of mutual interest from time to time including meetings, training, projects, workshops and research and development related to Internet number resource policy and registry operations.

     

    4.0  To work to create regional participation through potential joint outreach and fellowship programmes on matters relating to Internet number resource policy development.

     

     

    This MOU has been duly sealed and executed as of the date above.

     

     

     

    NORTH AMERICAN AT LARGE ORGANISATION (NARALO)

     

     

    By:  Garth Bruen

     

    Title: NARALO Chair_______________________________________

     

    Signature: ___________________________________

     

    American Registry for Internet Numbers (ARIN)

     

     

    By:  __John Curran________________________________________________

     

    Title: __ARIN President and CEO__________________________________________

     

  5. El MOU entre APRALO y APNIC para comparar:

    This MEMORANDUM       OF   UNDERSTANDING

     is     signed      on March  26, 2014

    BETWEEN

    ASIAN      AUSTRALASIAN      AND        PACIFIC  ISLANDS REGIONAL     AT    LARGE    ORGANISATION

    a      membership     based      organization of At    Large      Accredited       Structures comprising       of    individual

    internet     user communities     in     the   Asian – Australasian and   Pacific        region       who  are   committed to participating  in ICANN  through    the        At     Large       community hereinafter referred to     as    “APRALO”

    And 

    ASIA PACIFIC  NETWORK      INFORMATION       CENTRE

    a     not  for   profit, membership – based company operating the  regional       internet     registry     in     the   Asia  Pacific region    and  is      one  of       the   five Address     Supporting Organisations  of     ICANN      hereinafter       referred    to     as “APNIC”

    WHEREAS:

    I.

    APRALO and  APNIC recognise      the   benefits    of     mutual collaboration    and  support between       the Parties        in the area        of       internet     related      issues.

    II.

    APRALO and  APNIC anticipate      that  each Party        will    benefit from       the   complementary skills, knowledge       and experience of     the   other       Party.

    III.

    Nothing   in     this   Agreement       shall be    construed to     be legally       binding     and  enforceable in   any   court of     law;

     

    IV.

    The APRALO  and  APNIC, referred        to in  this   agreement as   the   “Parties”, agree to     the   following:

    1.0

    To   promote   infrastructure    development     and  business   in the       region       and  industry.   The  Parties agree    to cooperate to promote       internet     standards,        infrastructure    development and      services in       order        to    encourage        internet development in     the   Asia       Pacific      region.

    2.0

    To   cooperate and  maintain   an    open communication channel for       the       mutual      development     of both organisations.

    3.0

    To   collaborate       to     facilitate    joint  capacity    building events  and       related      activities   of     mutual interest  from time  to     time  including       meetings, training,    projects, workshops  and  research and       development.

    4.0

    To   collaborate       to     create      awareness,       promote both    regional       participation      through    outreach and fellowship programmes on       matters    relating     to     internet identifiers,internet use,  internet       governance,     policy development   and  to     seek to     promote   each       other at various public       platforms.

    This MOU has been duly  sealed      and  executed  as

    of    the   date above.

  6. Estimada Región

     

    Les agradezco su atención a estas sugerencias puntuales en este tema, las cuales están en azul:

     

    CRITERIO GENERAL DE CONTEXTO 

    En términos generales creemos que el análisis de este borrador de convenio de entendimiento debería ser tratado una vez que se aprueben las modificaciones al MOU entre Lacralo y Icann. 

    Por lo tanto LACNIC y LACRALO acuerdan:

    1. LACRALO se   compromete a la construcción de una participación significativa de sus miembros a través del compromiso directo con LACNIC;

    1. LACNIC se compromete a la construcción de una participación significativa de los miembros de LACRALO con el financiamiento de becas al menos del 15% del total de ALS certificadas para la participación en cada evento público de Icann. Un  miembro favorecido podrá recibir otra vez el financiamiento luego de dos eventos públicos continuos de Icann. 

    ( COMENTARIO: si se intenta exigir métricas y parámetros objetivos a las ALS, porque no aplicar el mismo estándar para los acuerdos ? de esta manera se concreta la voluntad de ayuda superando los buenos oficios y las buenas intenrciones. )

    2.   LACNIC se compromete a facilitar el intercambio de información y organizar la educación en colaboración con LACRALO de acuerdo con su visión;

    3. Intercambio de información - Las Partes acuerdan intercambiar información para permitir la investigación y el desarrollo a los efectos de facilitar el desarrollo de la Región.

    2.- LACNIC se compromete a facilitar el intercambio de información con LACRALO , especialmente aquella relacionada con financiamiento de proyectos. 

    3. Investigación – Cuando fuere necesario, las Partes podrán acordar encarar la investigación conjunta en áreas prioritarias de interés mutuo. 

    4. Asistencia a Reuniones - Las Partes están invitadas a asistir a las respectivas Reuniones Abiertas a su propio costo, excepto cuando estén disponibles becas y puedan ser ofrecidas por cualquiera de las Partes para facilitar la asistencia.

    ( COMENTARIO: ste numeral sería innecesario si ya se cuantifica la ayuda - que podría variar en el porcentaje que proponemos - tal como se sugiere en el numeral 1.; señalar el cumplimiento de las obligaciones que los estatutos ordenan a cada institución es inocuo ). 

    5. Capacitación - Las Partes se esforzarán cada año para identificar las áreas de formación y para compartir los costos y los recursos que van a facilitar conjuntamente o permitan a sus miembros para beneficiarse mutuamente.

    5. Capacitación - Las Partes compartirán de forma proporcional los costos y recursos de una capacitación presencial anual para al menos el 15% de las ALSs certificadas en LACRALO. Los miembros de LACRALO capacitados podrán beneficiarse de otra capacitación anual luego de pasar un periodo anual. 

    ( COMENTARIO: asimismo, creemos que la capacitación debe tener referencias objetivas ).

    6. Sensibilización y Difusión - Las Partes acuerdan alentar y facilitar la sensibilización y divulgación entre sus miembros para facilitar el crecimiento de la otra parte y el alcance a nuevos países y territorios que son desatendidos.

    6. Sensibilización y Difusión - Las Partes acuerdan impulsar un proyecto anual con el CROPP, de un concurso público de postulación, para la difusión y la promoción de la representación en aquellos países que no cuentan todavía con ALASs certificadas. El proyecto recomendado al CROP Pserá nominado por el Comité Técnico. 

    ( COMENTARIO: tenemos la convicción que es necesario que este tipo de convenios debe señalar claramente el proceso en el cual se ejecuta el deseo de colaboración; en este caso el mecanismo del CROPP es el llamado a acoger la corodinación en este tema entre las dos instituciones ) 

    7. Capacitación y Desarrollo - Las Partes colaborarán para facilitar actividades conjuntas de creación de capacidades en el ámbito de la participación en políticas de dominios de nivel superior y otros temas de interés conjunto.

    7. RED DE EDUCACION SUPERIOR:  Las Partes se comprometen a privilegiar la participación de LACRALO y LACNIC, por intermedio de convenios, dentro de las redes ya existentes de instituciones de Educación Superior en la región, o crearla isi así lo decidiere la Asamblea General de cada institución. 

    ( COMENTARIO : también conocemos de la importancia de formalizar la particiación del Icann en la educación Superior en virtud a que podría ser el espacio natural ideal para la capacitación y la difusión del tabajo de nuestras instituciones con un ahorro de recursos significativo ya que para todos es conocido las facilidades de infraestructura con als cuales cuentasn los Centros de Educación Superior- entre otras muchas ventajas comparativas- ) 

    8. Nombramiento de Comité Técnico –  Las partes formarán un comité técnico con dos representantes cada una. En el caso de LACRALO los representantes serán electos anualmente por la comunidad, de acuerdo con la convocatoria y ajuste a las normas que la comunidad adopte para los fines de este convenio. El comité Técnico tendrá como funciones:

    a. Establecer anualmente, o por necesidad temporal, las acciones específicas que se realicen conjuntamente, indicando en ellas: Objetivo, Participantes, Recursos y  Mecanismos de informes, Transparencia y Rendición de Cuentas.

    b. Revisar los informes de actividades y emitir una opinión razonada sonre ellos, que permita decidir sobre acciones futuras.

    c. Las que surjan de este convenio de acuerdo entre partes, y no estén amparadas por normatividad superior

    8. Nombramiento de Comité Técnico –  Las partes formarán un comité técnico que estará conformado por la máxima autoridad de cada una de las instituciones y por el representante de Lacralo al ALAC con voto dirimente.

    El Comité Técnico durará dos años con las autoridades que estuvieren en funciones en ese momento:

    El comité Técnico tendrá como funciones:

    a. Establecer anualmente su plan de trabajo, el cual deberá ser socializado obligatoriamente en una teleconferencia con cada una de las partes. 

    b. Decidir las becas aprobadas para cada evento p{ublico de Icann de conformidad con las condiciones aquí expuestas. 

    c. Poner en conocimiento de cada una de las partes a través de las reuniones mensuales o de una teleconferencia en particular los covnenios a firmarse con Redes de Educación Superior de la región. Luego de la notificación se firmarán los respectivos convenios de esta forma: Máxima Autoridad Lacralo, Máxima Autoridad Lacnic, Máxima Autoridad de Red ó Redes de Centros de Educación Superior de la Región.

    d. Recomendar un proyecto para el CROPP de un concurso público. 

     

    Este memorando de entendimiento ha sido debidamente sellado y ejecutado a partir de la fecha arriba indicada.

     

    Diego Acosta Bastidas

    Cultura Libre y Software Libre del Ecuador

  7. El convenio como se presenta tiene texto demasiado prescriptivo, especialmente en lo que hace a compromisos de las partes. En el convenio general los compromisos deben ser los mínimos posibles. Los detalles se irán cubriendo en actividades específicas amparadas por los instrumentos correspondientes. En la propuesta original del Grupo de Trabajo se previó para ésto el Comité Técnico y la vía de los programas de trabajo para actividades específicas.

     

    Las propuestas de Diego Acosta Bastidas van en una línea opuesta, al ser aún más detalladas y prescriptivas. Además son particularmente lesivas al introducir aportaciones económicas asimétricas que a ojos de terceros sólo servirán para ratificar la reputación de "más ambición que visión", orientada a movilizar recursos económicos y viajes, que ya aqueja a LACRALO. Por ello son particularmente improcedentes.

     

    Hasta que no haya LACRALO acumulado una historia de contribuciones sustantivas, como colectivo y por parte de una fracción signficativa de sus miembros, no será claro el motivo que pueda tener LACNIC para actuar sobre este convenio. En la situación de profunda crisis y ausentismo de LACRALO eso señala tareas urgentes.

    1. Estimado Alejandro, me parece que la comunidad se beneficiaría mucho mejor de tus criterios si aquellos están en relación con el texto de referencia. Diego Acosta Bastidas

  8. Estimados, hoy vence el período de comentarios sobre este MOU. si bien hay propuestas concretas, en general y como síntesis, se cita como demasiado prescriptivo, y que  la descripción de compromisos debería ser mínima. Pero también se pide aumentar compromisos y se hacen mayores descripciones y se generan obligaciones imposibles de cumplir.

    Hay comentarios que no pueden modificar lo propuesto por ser demasiado generales, razón por la cual descartaremos esta propuesta

    Pero en general también, no se comprende el sentido principal de este MOU: prácticamente el único beneficiario es LACRALO, dado que no es mucho lo que podemos darle nosotros a nuestro RIR. Pero sí es mucho lo que puede darnos a nosotros.

    No insistiré den detalles, dado que en esta misma wiki hay dos ejemplos de MOUs firmado por NARALO y APRALO que son fotocopias entre sí.

    Y ambas RALOS están recibiendo los beneficios mientras nosotros nos estamos preguntando a que se compromete LACNIC y porque debemos comprometernos nosotros. Por ello el día lunes en la reunión mensual, comentaremos esto, y durante el fin de semana colocaré en este wiki una copia de estos MOUs citados, como nuevo documento a aprobar, para que podamos avanzar con algo concreto, sencillo, que no es demasiado descriptivo y con una descripción de compromisos mínima, y principalmente porque está probado y funcionando. El lunes se abrirá a comentarios y coordinaremos la fecha de cierre.

    Saludos cordiales. 

  9. Estimados,

    Creo que se debería hacer un texto que trate de conciliar los intereses de todos, tratando de no descartar ninguno. Sino, no tendría sentido la apertura a comentarios públicos.

    Saludos